III Convenio Colectivo de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España
SUSCRITO EL 17 DE DICIEMBRE DE 2019 Y PUBLICADO EN EL B.O.E. núm. 50, DE 27 DE FEBRERO DE 2020.
Resolución de 13 de febrero de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo de los registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles y su personal auxiliar.
Visto el texto del III Convenio colectivo de los registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles y su personal auxiliar (código de Convenio n.º 99007765011993), que fue suscrito, con fecha 17 de diciembre de 2019, de una parte por la Asociación Profesional de Registradores (APR), en representación de las empresas del sector, y, de otra, por la organización sindical CSIF, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.- Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.- Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 13 de febrero de 2020.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.
II Convenio Colectivo de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España
SUSCRITO EL 1 DE JULIO DE 2013 Y PUBLICADO EN EL B.O.E. núm. 243, DE 10 DE OCTUBRE DE 2013.
Resolución de 26 de septiembre de 2013, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de los registradores de la propiedad y mercantiles y su personal auxiliar.
Visto el texto del II Convenio colectivo de los registradores de la propiedad y mercantiles y su personal auxiliar (Código de Convenio nº: 990077650011993), que fue suscrito, con fecha 1 de julio de 2013, de una parte por la Asociación Profesional de Registradores (APR), en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales Sindicato Independiente de Oficiales y Auxiliares de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Inmuebles de España (SIOYA-CSIF) y el Sindicato de Empleados de los Registros de la Propiedad y Mercantiles de Cataluña (SRC-CSIF), en representación de los trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Empleo resuelve:
Primero.- Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.- Disponer su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 26 de septiembre de 2013.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.
I Convenio Colectivo de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España
SUSCRITO EL 29 DE JULIO DE 1992 Y PUBLICADO EN EL B.O.E. núm. 234, DE 29 DE SEPTIEMBRE DE 1992, REF. 21995
Resolución de 11 de septiembre de 1992, de la Dirección General de Trabajo, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Convenios y la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Convenio Colectivo de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España.
Visto el Convenio Colectivo de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, que fue suscrito con fecha 29 de julio de 1992, de una parte, por CSI-CSIF y Sindicato de Empleados de los Registradores de la Propiedad y Mercantiles de Cataluña -ARC-, en representación de los trabajadores, y de otra, por la Asociación Profesional de los Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, en representación de las Empresas, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo acuerda:
Primero.- Ordenar la inscripción del citado Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.- Disponer su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 11 de septiembre de 1992.- La Directora general de Trabajo, Soledad Córdova Garrido.